¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE LICENCIA DE ARMAS?
Ya conoces qué tipo de Licencia de Armas se adapta a tus necesidades, en el siguiente post, no dejaremos lugar a las dudas 😉
Si estás realizando una búsqueda sobre cómo obtener la Licencia de Armas con fines laborales, ocio, uso particular o si eres un empresario que necesita contratar personal de seguridad para tu empresa o proyecto, esta información puede ser de tu interés.
A continuación, te detallamos los tipos de Licencia de Armas que requieren un certificado médico y la documentación que debes aportar a la Guardia Civil.
- Licencia de Armas para Tipo B
Características: Pistolas y revólveres.
Duración de la Licencia: 3 Años.
Se debe renovar cada 3 años. A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado de un informe médico favorable, expedido por un centro de reconocimiento médico autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.
Documentación a aportar a la Guardia Civil:
- Instancia.
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo790.
- Documentos que justifiquen la necesidad de la Licencia de Armas.
- Licencia de Armas para Tipo C
Características: Armas para vigilancia y guardería.
Duración de la Licencia:Tendrán validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio.
La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
En las licencias de armas tipo C se debe actualizar la fotografía del documento cada 5 años.
Documentación a aportar a la Guardia Civil:
- Instancia.
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
- Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempeñar.
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
- Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad. Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.
- Licencia de Armas para Tipo D
Características: Armas largas rayadas para caza mayor.
Duración de la Licencia: 5 años.
A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado del informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.
Documentación a aportar a la Guardia Civil:
- Instancia.
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
- Acreditar la dedicación al deporte cinegético o fotocopia de la licencia de caza.
- Declaración jurada de la guarda de las armas en caja fuerte.
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la Licencia de Armas, modelo 790.
- Licencia de Armas para Tipo E
Características: Armas de tiro deportivo y escopetas de caza.
Duración de la Licencia: 5 años.
A partir de los 60 años se deberá visar cada 2 años, previa aportación del interesado del informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado. A partir de los 70 se deberá efectuar la renovación de manera anual.
Documentación a aportar a la Guardia Civil:
- Solicitud de la licencia.
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
- Acreditar la dedicación al deporte de la caza o fotocopia de la licencia de caza.
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.
- Licencia de Armas para Tipo F
Características: Armas para uso en campos, galerías y polígonos de tiro.
Duración de la Licencia: 3 años.
Aquellos deportistas que, salvo casos excepcionales, no hayan realizado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia tipo F.
Documentación a aportar a la Guardia Civil:
- Instancia.
- Certificado de aptitudes psicofísicas.
- Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
- Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
- Certificado de la Federación o Delegación de Tiro Olímpico en el que conste su condición de tirador y categoría que ostenta.
- Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
- Fotocopia de la licencia federativa de la Federación a que corresponda, en vigor.
- Declaración jurada de guardar las armas y piezas fundamentales en caja fuerte.
- Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.