DIABETES Y CONDUCCIÓN
Debido al enorme número de personas que sufren esta patología, creemos necesario hacer un artículo en el que se hable sobre diabetes y conducción, ya que es una de las enfermedades que conllevan ciertas restricciones por parte de la DGT, tanto a la hora de obtener el permiso de conducir como al renovarlo.
Empezaremos explicando a grosso modo qué es la diabetes y los tipos que hay:
La diabetes mellitus es una enfermedad producida cuando el páncreas no fabrica suficiente insulina o cuando ésta no actúa correctamente en el organismo.
Tipos de diabetes:
- Diabetes mellitus Tipo I: Su diagnóstico suele hacerse antes de los 35 años, aunque puede aparecer a cualquier edad. Suele aparecer de forma repentina.
- Diabetes mellitus Tipo II: Se suele diagnosticar más allá de los 40 años.
- Diabetes gestacional: Se diagnostica durante el embarazo y suele desaparecer después del parto.
- Diabetes inducidas: Por fármacos o por enfermedades genéticas infrecuentes.
Hay casos en los que esta patología puede interferir en la capacidad de conducción:
- Hipoglucemias e hipoglucemias graves.
- Alteraciones visuales como cataratas o retinopatía.
- Alteraciones que afecten a la movilidad/sensibilidad de los pies.
- Su asociación a patologías cardiovasculares
En diabetes y conducción, DGT especifica las siguientes restricciones:
- Conductores no profesionales (AM, A1, A2, A, B, B+E): Diabetes Tipo I y II, independientemente de si se tratan con insulina o con fármacos hipoglucemiantes, el período máximo de vigencia es de 5 años, tras los cuales se deberá volver a renovar el permiso de conducir.
- Conductores profesionales (C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E): Diabetes Tipo I y II tratados con insulina, el período máximo de vigencia es de 1 año.
- Diabetes Tipo II con fármacos hipoglucemiantes (no insulino-dependientes): Período máximo de 3 años.
Estos períodos son los máximos que fija DGT para renovar/obtener el permiso de conducir, pudiendo ser menores a criterio facultativo.
Sabiendo todo esto, para la obtención y la renovación del permiso de conducir, DGT determina que las personas que sufran esta patología deben aportar al centro médico al que acudan un informe de su médico especialista en el que conste que la persona toma adecuadamente la medicación que corresponda, que no sufre enfermedades secundarias y que se realiza las revisiones tal y como su médico le indique. En definitiva, que está bien controlado y no ha sufrido descompensaciones graves o hipoglucemias.
Tanto la renovación como la obtención en estos casos solo será posible si la persona entrega el informe médico antes mencionado. Sin este, DGT marca una restricción de NO APTO.
Ya hemos visto que el caso diabetes y conducción se sale ligeramente de una renovación normal, aunque las personas con esta condición puedan conducir perfectamente, por lo que, si es su caso, y tiene cualquier duda al respecto, nuestros profesionales le atenderán para solucionar cualquier cuestión.